21 de octubre de 2010

LEY QUE RECONOCE LOS APORTES DEL TRABAJADOR PARA EFECTOS DE JUBILACIÓN.

El Pleno del Congreso de la República aprobó por unanimidad y exoneró de segunda votación el Proyecto de LEY QUE RECONOCE LOS APORTES DEL TRABAJADOR PARA EFECTOS DE JUBILACIÓN.
Así la ONP reconocerá las aportaciones retenidas al trabajador, que no fueron pagadas por la empresa, en el cómputo total de años de aportación; independientemente de las acciones que realice la ONP para el cobro de las mismas. Así mismo establece que son medios probatorios idóneos y suficientes para demostrar periodos de aportaciones, los certificados de trabajo, las boletas de remuneraciones, la liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales, las constancias de aportaciones de ORCINEA del IPSS o de EsSalud, y/o cualquier documento público conforme al artículo 235º del Código Procesal Civil.
Ojalá sea promulgada muy pronto y haga justicia a miles de trabajadores que sufren constantes injusticias para lograr que se les reconozca lo que por derecho les corresponde.

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